Puede que lleve razón el señor Güemes en muchas de las cosas que dice en su blog, al respecto del artículo publicado de Javier Pradera en El País del 14 de enero y titulado Sostenerla y No Enmendarla.
Sin embargo, hay una cosa con la que no puedo estar de acuerdo. Se refiere al punto 1, y más concretamente a la frase que dice: "Lo que nunca han dicho el Tribunal Constitucional ni el Tribunal Supremo es que el derecho a la información justifique la comisión de delitos tipificados en el Código Penal".
La aportación de la lista en la pieza de marras (la que desvelaba afiliaciones irregulares al PP de Villavisiosa de Odón), y que ha dado pie a la réplica contundente de Prisa y a la correspondientes contrarréplicas, se hace como fuente de la información y como prueba de su veracidad. La práctica profesional me lleva a pensar, poniéndome en el lugar de los periodistas de la SER condenados por revelación de secretos, que ellos no pretendían revelar el secreto de nadie, sino afianzar su pieza, contrastándola y aportando un documento que daba fe de su veracidad.
Como ya dije en una entrada anterior, creo humildemente, que no hay delito de revelación de secretos porque Anido e Irago pretendían dar una información (las afiliaciones irregulares al PP de Villaviciosa de Odón) y no destapar ni las ideas políticas ni los datos de nadie.
Hay que recordar que para cometer delito de revelación de secretos hay que cumplir un requisito subjetivo que consiste en la voluntad de revelar dicho secreto o de vulnerar intimidades, y que en este caso no se da, creo.
Se puede argumentar que de haber sido así no se debería haber hecho público el listado de afiliados, pero frente a esta opinión, yo creo que Anido e Irago intentaron amarrar todos los cables de la información para lanzarla con garantías.
En todo caso, se puede debatir si su práctica periodística ha sido la correcta o no, pero lo que no han hecho, de ningún modo, es cometer un delito, según pienso.
viernes, 15 de enero de 2010
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